ACTIVIDAD PÚBLICA PRINCIPAL: Investigador (TP_20 h/s).
ACTIVIDAD PRIVADA SECUNDARIA: Autónoma en Gestión Empresarial
Vista la propuesta del Vicerrectorado de Política Científica y el expediente instruido y tramitado conforme a lo previsto en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985. de 30 de abril, (B.O.E. n° 107, de 4 de mayo) y disposiciones complementarias, en base a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
1.- Que de conformidad con el artículo 4.1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, se podrá autorizar la compatibilidad para el desempeño de un puesto de trabajo en la esfera docente en régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial y con duración determinada.
2.- Que la actividad pública que se pretende compatibilizar se sujeta a las limitaciones retributivas que establece el artículo 7 y 16 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre.
3.- Que la actividad pública que se pretende compatibilizar habrá de ejercerse con sujeción a lo previsto en el artículo 3 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre.
HA RESUELTO
AUTORIZAR a Dña. Noelia Gomis Veas la compatibilidad para la realización de la actividad privada secundaria descrita anteriormente con la actividad pública principal en la Universidad de Almería.