De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE de 23 de marzo); en el vigente Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, en el Real Decreto 898/85 de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario, en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del Régimen de Conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias, modificado por el Real Decreto 1652/91 de 11 de Octubre (BOE 21-11-91): en el Convenio-Marco suscrito entre las Consejerías de Salud y Educación y Ciencia, y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la investigación y la docencia (BOJA Nº 148 de 21/11/1995) modificado por los Acuerdos del Consejo de Gobierno de la junta de Andalucía de fecha 23/02/1999 (BOJA Nº 33 de 18/03/1999), 28/11/2000 (BOJA Nº 8 de 20/01/2001), 04/03/2008 (BOJA Nº 54 de 18/03/2008) y 17/03/2015 (BOJA Nº 66 de 08/04/2015); en el Concierto de 4 de Febrero de 1.999, entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Almería para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la Investigación y la Docencia; en el artículo 2.1.I) texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,) en los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados mediante Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre); y siendo necesaria la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud de las plazas que se Indican en el Anexo I, conforme al acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de octubre de 2024.
El presente concurso se regirá por lo establecido en la normativa citada anteriormente, por el Reglamento de la Universidad de Almería que Regula el Procedimiento de los Concursos de Plazas de Profesor Asociado en Ciencias de la Salud (Aprobado por el Consejo de Gobierno el 10 de junio de 2022), así como por la demás normativa de aplicación, y con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria;
- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
1.1. El cumplimiento de los requisitos para concursar a cada una de las figuras de personal docente e investigador contratado laboral, relacionados en los apartados 1.2 y 1.3 siguientes, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante los períodos de contratación del respectivo concurso.
1.2 Podrán participar en el presente concurso quienes, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan las condiciones establecidas en la normativa aplicable. Las funciones a realizar por los contratados y su régimen jurídico en general, será el contenido en la legislación de aplicación al caso, especialmente en el Convenio-Marco para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la investigación y la docencia y sus sucesivas modificaciones, y las que específicamente se puedan prever en sus respectivos contratos.
1.3. Para ser admitido a estos concursos se requieren además los siguientes requisitos específicos:
a) Estar en posesión de la titulación requerida según se indica en el Anexo I de la presente convocatoria.
b) Tener vinculación estatutaria, funcionarial o laboral en el Sistema Nacional de Salud y no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los cinco años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni en su caso para la correspondiente profesión.
c) Estar en activo en la categoría y centro del Sistema Sanitario Público de Andalucía y prestar servicio en la unidad asistencial, según se indica en el Anexo I de la presente convocatoria.
d) Informe favorable del centro en el que se recogerá: ausencia de reclamaciones por trato imputadas en los últimos 5 años y puntuación media de la evaluación del desempeño profesional en los últimos 5 años mayor o igual a 8. El informe deberá recoger en el informe la unidad asistencial a la que está adscrita. La evaluación del desempeño y ausencia de reclamaciones en los últimos años, se refiere a cualquier centro/unidad en la que se ha prestado servicios esos años anteriores, no necesariamente en aquella en la que se concursa.