Se aprueba la modificación del apartado 15.2 de la Normativa de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de Almería con la siguiente redacción: Para el caso de las prácticas extracurriculares, la entidad o empresa de acogida y la persona en prácticas podrán solicitar la interrupción de las mismas, por causa justificada, presentando un escrito ante el Vicerrectorado con competencias en la materia, con una antelación mínima de 15 días. Dicho Vicerrectorado resolverá la solicitud, comunicando la resolución a ambas partes.