AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE CONGRESOS DEL PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA 2020

RESOLUCIÓN del Rector núm. 771, de 4 de noviembre de 2020, sobre Ayudas para la Organización de Congresos del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2020.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 “Disposiciones Comunes a las convocatorias” del Plan Propio de Investigación y Transferencia para 2020, aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 31 de enero de 2020, la resolución de las convocatorias del Plan Propio de Investigación se realizará por Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Investigación.

La Comisión de Investigación, en sesión celebrada el 16 de octubre de 2020, resolvió las alegaciones presentadas contra la resolución provisional y acordó proponer al Consejo de Gobierno la resolución definitiva en los siguientes términos:

Primero.- Conceder las ayudas relacionadas en Anexo a esta resolución. Se concederá como máximo un tercio de los ingresos obtenidos por cuotas de inscripción. La cuantía concedida podrá ser minorada si finalmente los ingresos por inscripción son inferiores a los indicados en la solicitud. La obtención de mayores ingresos por inscripción una vez finalizado el congreso no supondrá el incremento de la ayuda concedida.

Segundo.- Se abonará un 50% tras la resolución definitiva de la convocatoria y el 50% restante previa justificación de la ayuda en la que se demuestre la publicidad de co-financiación del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la UAL.

Tercero.- Los beneficiarios de las citadas ayudas están obligados a presentar en un plazo máximo de un mes desde la finalización de la actividad, los siguientes documentos como justificación de la subvención concedida. La documentación se presentará en el Registro Electrónico de la UAL. La no presentación de estos documentos obligará al solicitante a devolver el importe de la ayuda recibida.

  • Impreso normalizado de justificación y de aceptación de la ayuda.
  • Memoria breve de la actividad.
  • Resumen de gastos y de ayudas obtenidas para financiarla.
  • Copia de las facturas que justifican la ayuda.
  • Un ejemplar del libro de resúmenes o actas.

Cuarto.- Los beneficiarios de estas ayudas están obligados a cumplir las normas establecidas en la convocatoria del Plan Propio de Investigación y Transferencia de 2020.

BOLETÍN NÚMERO 10

ENLACE A DOCUMENTO PDF