Una política proactiva y eficiente de impulso de la investigación implica necesariamente dotar de una financiación adecuada a los investigadores, que les permita aumentar su competitividad y desarrollar una investigación de excelencia. Con este objetivo, nuestra Universidad va a seguir realizando un esfuerzo económico adicional para asignar, a los Grupos y Centros de Investigación de la Universidad de Almería, el importe total de los costes indirectos de las acciones nacionales de investigación y transferencia. Tradicionalmente la finalidad de estos recursos ha sido sufragar los gastos generales de la Universidad de Almería, no directamente vinculados a la actividad investigadora. Esta iniciativa de apoyo a la investigación, contemplada en los Presupuestos de la Universidad de Almería de estos últimos años aprobados por el Consejo Social, nació con vocación de permanencia y mejora en el tiempo, siempre y cuando haya disponibilidad presupuestaria.
Aunque el objeto principal de la presente resolución hace especial referencia a los costes indirectos de las acciones nacionales de investigación y transferencia para el ejercicio 2021, sin embargo, su contenido no se limita a ello, ya que se aumenta también la financiación de las actividades de investigación con los costes indirectos procedentes de los proyectos europeos.
Todo ello sin menoscabo, de la disponibilidad por parte de los equipos de investigación del uso de los recursos liberados disponibles (RLDs), tal y como se aprobó en Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2016.
De conformidad con el Reglamento Centros de Investigación aprobado en Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2016, que establece la asignación al presupuesto de los Centros de Investigación de al menos el 50% de los costes indirectos correspondientes a los proyectos, convenios y contratos de investigación o de otra naturaleza que consiga, en esta resolución se fija su asignación en un 60% del importe de los mismos para las acciones nacionales de investigación y transferencia, y del 50% para los proyectos europeos.
La presente resolución se desarrolla teniendo en cuenta, por un lado, los precedentes mencionados anteriormente, con el objetivo último de, en primer lugar, garantizar el retorno a los investigadores de parte de los costes indirectos de los proyectos de investigación de convocatorias nacionales obtenidos y, en segundo lugar, que los Directores de Centros de Investigación puedan llevar a cabo una política efectiva de impulso y desarrollo de los mismos, incentivando además la integración de investigadores en los Centros de Investigación de la Universidad de Almería. Así como, por otro lado, garantizar el cumplimiento del acuerdo al que se llegó con los Directores de Departamento sobre el modelo de financiación de los mismos, que no incluiría la financiación obtenida por proyectos y contratos, sino que parte de los costes indirectos obtenidos por acciones nacionales de investigación y transferencia en el ejercicio 2021, irían directamente a los investigadores a través de los Grupos de Investigación.
EN CONSECUENCIA, SE RESUELVE
Fijar para el ejercicio 2023, las siguientes cuantías de retorno de costes indirectos para apoyar acciones de investigación de los Grupos de Investigación y Centros de Investigación de la Universidad de Almería:
- Se establece un porcentaje de retorno a los Centros de Investigación del 60% de los costes indirectos correspondientes a las acciones nacionales de investigación y transferencia, que consiga el Centro de Investigación, y generados durante el 2021, según se especifica posteriormente el punto 4.
- Independientemente de que la actividad desarrollada por un investigador, esté o no integrada en un Centro de Investigación, el Grupo de Investigación al que pertenezca el investigador principal recibirá el 40% de la cuantía de los costes indirectos de acciones nacionales de investigación y transferencia generados durante el 2021, según se especifica posteriormente el punto 4.
- Si en una misma acción de investigación y transferencia han participado investigadores de distintos Grupos o Centros de Investigación de la Universidad de Almería, podrán realizarse transferencias entre dichos Grupos o Centros a criterio del investigador principal de la acción.
- Únicamente podrán ser retornados los costes indirectos generados en la anualidad 2021 y siempre sobre el importe efectivo que se haya percibido por la Universidad en el año 2021, con el fin de cumplir con la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En caso de actividades plurianuales, el retorno no será calculado respecto a la parte proporcional del total de los costes indirectos, sino respecto de los ingresados efectivamente en el año en cuestión.
- Quedarán excluidos de retorno de costes indirectos aquellos Grupos o Centros de Investigación que estén compuestos por investigadores que se encuentre inmersos en algún expediente de devolución o reintegro relacionado con acciones de investigación y/o transferencia o de cualquier reclamación judicial, hasta la total devolución de todo el importe reclamado.
- En el caso de llegar posteriormente cualquier reintegro de proyectos y sus intereses, se cargará proporcionalmente a los centros de gastos a los que pertenece el IP y que recibieron costes indirectos, no pudiendo sobrepasar nunca las cantidades abonadas en los centros de gastos por dicho concepto.
- En ningún caso podrán solicitarse adelantos sobre costes indirectos no ingresados, ni solicitarse retornos sobre anualidades pasadas.
- Cuando la acción de investigación o transferencia exija financiación o cofinanciación por parte de la universidad, dichos costes indirectos se utilizarán para hacer frente a la misma.
- Los importes retornados directamente a los investigadores se utilizarán para cubrir gastos de reparación de equipos, viajes, equipamiento de mobiliario técnico, contratación de personal, consultoría, adquisición de equipos, u otros gastos que sean necesarios para llevar a cabo investigaciones, siempre que no supongan el abono de complementos salariales.
- Los costes indirectos de los proyectos europeos que se aplicaban en un 50% a los presupuestos generales de la Universidad (subconcepto 795.00) según el punto tercero del mencionado acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2016, serán asignados a los Centros de Investigación, según se especifica en el punto 4.