El artículo 132, letra ñ), de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, establece que el Rector es el competente para autorizar los contratos a los que se refiere el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario.
Por su parte, mediante la Resolución de 30 de noviembre de 2023 de la Universidad de Almería, por la que se determina la estructura de las áreas de funcionamiento del Rectorado y delegación de competencias, este Rectorado, en uso de las facultades que le son propias, ha resuelto delegar en el Vicerrector de Política Científica las competencias atribuidas a este Rectorado por la legislación vigente dentro del ámbito de la investigación, su gestión y su transferencia, así como las competencias sobre los Servicios Centrales de Investigación, Centros e Institutos de investigación, la participación en campus de excelencia internacional, para la autorización de proyectos y ayudas de investigación, y para la firma de contratos y proyectos de investigación hasta el importe que se determine por resolución rectoral.
De conformidad con lo previsto anteriormente y por medio de esta resolución, se acuerda establecer el importe de hasta CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) para la firma de contratos y proyectos de investigación por parte del Vicerrector de Política Científica.