RESOLUCIÓN del Rector de 17 de abril de 2024, por la que se encomienda el ejercicio de las funciones de la persona responsable de la operación a los efectos del análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés.

La Universidad de Almería se encuentra tramitando diversos gastos que serán financiados dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiendo ser tramitados y justificados estos gastos con arreglo a la normativa correspondiente, lo que incluye las Declaraciones de Ausencia de Conflicto de Intereses de todos los intervinientes en los procedimientos.

Mediante Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, se regula el procedimiento de análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicha Orden, en su artículo 4.2, párrafo segundo, asigna las funciones de “responsable de la operación» al órgano de contratación o al órgano competente para la concesión de subvenciones.

La citada Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, establece qué funciones corresponden a la persona responsable de la operación, las cuales incluyen manejo pormenorizado de aplicativos informáticos (COFFEE y MINERVA), carga de documentación y otras funciones conexas de mera gestión.

Por tanto, al no estar expresamente delegadas las funciones identificadas en el resuelvo primero de la presente resolución de acuerdo con la Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se determina la estructura de las áreas de funcionamiento del Rectorado y delegación de competencias, esta condición de «responsable de la operación» a efectos de los aplicativos COFFEE y MINERVA, ha de ser atribuida de manera expresa.

De conformidad con el artículo 5.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que corresponde “a cada Administración Pública delimitar, en su respectivo ámbito competencial, las unidades administrativas que configuran los órganos administrativos propios de las especialidades derivadas de su organización». Es decir, dentro del ámbito de competencias de un órgano puede concretarse las funciones que ejercerán las diferentes unidades administrativas que, de forma orgánica o funcional, se adscriban al órgano competente.

Razones de auto-organización administrativa, vinculadas a la eficacia, eficiencia y agilización administrativa aconsejan que las funciones de manejo de los aplicativos COFFEE y MINERVA, y otras funciones de gestión conexas, no sean ejercidas por la persona titular de los órganos directivos a que se refiere la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, sino por personal técnico de gestión y de administración y servicios que desempeñan la gestión ordinaria de los mencionados fondos.

Por ello, al amparo de las competencias que tiene este Rectorado conferidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 132 de los Estatutos de la Universidad de Almería.

HA RESUELTO

Primero.- Encomendar al personal al que se refiere el resuelvo segundo, las siguientes funciones correspondientes a la “persona responsable de operación”, a los efectos del análisis sistemático de riesgo de interés regulado en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero:

  1. Asegurar que se genera el código de referencia de operación (CRO) en la aplicación COFFEE (artículo 4.3).
  2. Acceder a la aplicación MINERVA e introducir el código CRO y la información (NIF) relativa a las personas intervinientes en los procedimientos y de las personas decisoras de la operación (artículo 4.4).
  3. Cargar en MINERVA las declaraciones de ausencia de conflicto de interés emitidas (artículo 4.4).
  4. Poner las banderas rojas en conocimiento de la persona decisora afectada y de su superior jerárquico a fin de que, en su caso, se abstenga (artículo 5, letras b y c).
  5. Remitir el resultado del análisis en MINERVA a los órganos gestores de los proyectos o subproyectos (artículo 5, letra c).
  6. Asegurar que el resultado del análisis se registre en COFFEE (artículo 5, letra c).
  7. Solicitar en MINERVA información adicional de los riesgos detectados en caso de no abstención, y trasladarla al órgano superior jerárquico de la persona decisora afectada (artículo 6.2).
  8. Acudir a la Comisión antifraude correspondiente para que emita informe sobre si procede abstención en el caso concreto (artículo 6.3).
  9. Asegurar la carga en COFFEE de la documentación relativa a la alegación motivada de ausencia de conflicto de interés (artículo 6.4).

Segundo.- Dichas funciones se encomiendan a la persona adscrita a Gerencia y responsable de la coordinación de la implementación técnica de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Universidad de Almería, para todos los procedimientos y para cualquier tipo de instrumento jurídico y actuaciones de los definidos en la plataforma COFFEE.

Boletín nº 4, abril 2024