RESOLUCIÓN del Rector de 17 de diciembre de 2024 por la que se resuelve la Convocatoria para 2024 de las Ayudas UAL-TransfierE del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025.

Por Resolución del Rector de la Universidad de Almería de 14 de octubre de 2024, se efectúa la convocatoria para 2024 de las Ayudas UAL-TransfierE del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025.
El artículo 2.5 de la Resolución arriba referenciada ha declarado el trámite de urgencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al objeto de dar cumplimiento al grado y plazos de ejecución del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025. En consecuencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.


Efectuada la revisión de solicitudes y conforme a lo previsto en artículo 7 de la convocatoria, por Resolución de 19 de noviembre de 2024, de este mismo órgano, se publicó el Listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas, abriéndose un plazo de 5 días hábiles para la subsanación de las causas de exclusión y/o presentación de reclamaciones.
Transcurrido el plazo para la subsanación y el trámite de audiencia, y vistas por la Comisión de Investigación en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2024, la documentación y las alegaciones presentadas, por Resolución de 2 de diciembre de 2024, de este mismo órgano, se publicó el Listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas.
Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 11 de la convocatoria, la Comisión de Investigación en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2024, aprobó la resolución provisional abriéndose un plazo de 5 días hábiles para la presentación de reclamaciones.
Finalizado el plazo arriba referido, la Comisión de Investigación, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2024, comprobó la documentación aportada y resolvió las alegaciones presentadas, desestimando las reclamaciones de las ayudas TRFE-l-2024/016 (Martínez Martínez) y TRFE-SI-2024/OO6 (López Liria).


Asimismo, acordó elevar al Rector la propuesta de resolución de la convocatoria para 2024 de las Ayudas UAL-TransfierE del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025, en los siguientes términos


HA RESUELTO


Primero.- De mayor a menor puntuación, y hasta agotar el presupuesto, conceder las ayudas relacionadas en los anexos a esta resolución, con los importes máximos establecidos en cada modalidad. Cuando se han producido empates, se ha atendido a lo dispuesto en el artículo 10 de la convocatoria, en el que se determina que tendrán preferencia las personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%. Si se mantiene el empate, entonces tendrán preferencia las propuestas en las que la persona investigadora principal (IP) sea mujer. En caso de que persista el empate, se dará prioridad a la propuesta que cuente con un mayor porcentaje de mujeres en su equipo de investigación.


La indicación de la puntuación obtenida por las acciones admitidas en cada apartado del baremo, se considera motivación suficiente, conforme al artículo 35.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se publican los siguientes anexos:

  • Anexo 1: Ayudas de Transferencia Innovadoras Consolidadas financiadas.
  • Anexo 2: Ayudas de Transferencia Innovadoras financiadas.
  • Anexo 3: Ayudas de Transferencia Innovadoras no financiadas.
  • Anexo 4: Ayudas de Transferencia Social Innovadoras Consolidadas financiadas.
  • Anexo 5: Ayudas de Transferencia Social Innovadoras financiadas.
  • Anexo 6: Ayudas de Transferencia Social Innovadoras no financiadas.
  • Anexo 7: Ayudas de Transferencia Innovadoras y de Transferencia Social Innovadoras cuyas memorias han sido consideradas como “no aptas».

Segundo.- Ordenar la publicación de esta resolución y de sus anexos el Tablón Oficial de la Sede Electrónica.
Esta publicación servirá de notificación a los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Tercero.- El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará mediante la tramitación y firma de un contrato artículo 60 LOSU que será remitido a los investigadores y a las empresas/entidades. La Universidad no detraerá el 15% de los costes indirectos.


Cuarto.- La duración prevista para la ejecución de los proyectos será de un año desde la firma del contrato articulo 60 LOSU, no pudiendo exceder del 30 de junio de 2026.


Quinto.- El pago de las ayudas se realizará:

  • La UAL transferirá a la firma del contrato artículo 60 LOSU y una vez que la empresa/entidad haya realizado el primer pago, el 100% de la ayuda al centro de gastos que se habilite para la ejecución de las Acciones.
  • La empresa/entidad abonará a la UAL a la firma del contrato artículo 60, la cantidad mínima establecida en la convocatoria en función de la modalidad de Acción. Si la empresa/entidad hace aportación adicional, esta cantidad se podrá abonar a la firma del contrato o a los 6 meses de la firma del contrato artículo 60 LOSU.

Sexto.- En aquellas solicitudes que contemplan partida de gastos de personal, la formalización de los contratos de trabajo se realizará conforme a lo establecido en la legislación laboral vigente, especialmente en lo referido en el Real Decreto -ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

En todo caso, esta partida vendrá delimitada por la cuantía aportada por la empresa/entidad colaboradora para la cobertura de las tareas desempeñadas por la persona contratada con la ayuda, con el objeto de desarrollar la línea indicada en la memoria aportada en la solicitud de la ayuda UAL Transfiere.

Consulte la resolución completa aquí.

Boletín nº 11, diciembre 2024