SOLICITANTE: D. Julián Jiménez Cantón.
ACTIVIDAD PÚBLICA PRINCIPAL: Profesor Sustituto T6h./s. en Filología Francesa.
ACTIVIDAD PRIVADA SECUNDARIA: Docente en el Centro de Lenguas de la UAL.
Vista la propuesta del Vicerrector de Profesorado y Planificación Docente y el expediente instruido y tramitado conforme a lo previsto en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, (B.O.E. Nº 107, de 4 de mayo) y disposiciones complementarias, en base a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
1º.- Que la actividad que se pretende compatibilizar no se encuentra incursa por sí misma en las prohibiciones de los artículos 11, 12.1, 13 y 16.2 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administraciones Públicas.
2º.- Que dicha actividad habrá de ejercerse con sujeción a las limitaciones legales de los artículos 12.2, 14, 15 y 16 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
HA RESUELTO
AUTORIZAR a D. Julián Jiménez Cantón la compatibilidad para el ejercicio de la actividad privada descrita anteriormente con la actividad pública desempeñada en la Universidad de Almería.