RESOLUCIÓN del Rector de 23 de noviembre de 2022, por la que se sigue autorizando la compatibilidad a Dª. María Dolores Ruiz Corral, funcionaria de carrera de esta Universidad.

Visto el expediente de compatibilidad de Dª. María Dolores Ruiz Corral, instruido y tramitado conforme a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y disposiciones complementarias, así como en la Resolución del Rectorado-Presidencia de la Comisión Gestora de 20 de julio de 1995, por la que se regula el procedimiento para la autorización o reconocimiento de compatibilidad con actividad pública o privada del personal al servicio de la Universidad de Almería, y en base a los siguientes

HECHOS

Primero.- La interesada solicita la compatibilidad para el desempeño de las funciones de Personal Docente contratado con la categoría de Profesor Sustituto Interino en el Departamento de Filología, con dedicación a tiempo parcial.

Segundo.- Con fecha 9 de noviembre de 2022, la Gerencia emite informe proponiendo sea reconocida la compatibilidad a Dª. María Dolores Ruiz Corral para la realización de la actividad pública descrita anteriormente, con la actividad pública desempeñada en la Universidad de Almería.

A dichos hechos le son de aplicación los siguientes

La actividad que se pretende compatibilizar se encuentra recogida entre los supuestos que están previstos en el artículo cuarto de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, para los que podrá autorizarse compatibilidad.

Por todo lo expuesto anteriormente, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,

HA RESUELTO:

Primero.- Autorizar la compatibilidad a Dª. María Dolores Ruiz Corral para la realización de la actividad pública secundaria descrita anteriormente, con la actividad pública principal desempeñada en la Universidad de Almería.

Segundo.- La presente autorización caducará en el momento en que se modifiquen las circunstancias que han servido de base a la misma, debiendo solicitarse nueva compatibilidad en caso de producirse algún cambio en los puestos declarados o pretender iniciar alguna actividad distinta a las enunciadas en el encabezamiento de esta Resolución.