RESOLUCIÓN del Rector de 31 de octubre de 2024, por la que se aprueba la Lista de Espera para la realización de Nombramientos como Funcionarios Interinos en la Escala de Gestión Administrativa de esta Universidad.

Vistas las actuaciones realizadas por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la elaboración de una lista para realizar nombramientos de funcionarios interinos en la Escala de Gestión Administrativa, Subgrupo A2, en el Gabinete Jurídico de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre, convocadas por Resolución de 6 de junio de 2024 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 114, de 13 de junio), y de acuerdo con lo estipulado en la base séptima de la citada convocatoria.
Este Rectorado, en virtud de las competencias reconocidas en el 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y según lo dispuesto en el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,


HA RESUELTO


Primero.- Aprobar la Lista de Espera para atender las necesidades urgentes e inaplazables que se produzcan mediante nombramiento como funcionarios interinos en la Escala de Gestión Administrativa (Anexo 1). Dichos nombramientos, así como las correspondientes revocaciones, se efectuarán según lo dispuesto en el artículo 10 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y siempre para el desempeño de puestos de trabajo correspondientes a la Escala de Gestión Administrativa, Subgrupo A2, nivel 25, en el Gabinete Jurídico de la Universidad de Almería.
Segundo.- Ordenar su publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería.
Tercero.- Aprobar los criterios de gestión de la lista de espera que aparecen como Anexo II a la presente Resolución.

ANEXO I

LISTA DE ESPERA DE FUNCIONARIOS INTERINOS EN LA ESCALA DE GESTION ADMINISTRATIVA

 (GABINETE JURIDICO)

ANEXO II

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE LA LISTA DE ESPERA DE FUNCIONARIOS INTERINOS EN LA ESCALA DE GESTION ADMINISTRATIVA (GABINETE JURÍDICO)

Las competencias relacionadas con la lista de espera de Funcionarios Interinos de la Escala de Gestión Administrativa corresponden a la Gerencia de la Universidad de Almería y la gestión de la misma se realizará por el Servicio de Gestión de Recursos Humanos (SGRRHH) de acuerdo con los siguientes criterios:

1.- Gestión de la Lista de Espera

A medida que se produzcan algunas de las necesidades contempladas en el artículo io del EBEP, y previa comunicación de la Gerencia, el SGRRHH avisará a los aspirantes siguiendo rigurosamente el orden en el que figuran en la lista de espera, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a) Se avisará telefónicamente al número indicado por el aspirante en la solicitud de participación en el proceso selectivo o al número que posteriormente y mediante escrito registrado y dirigido al SGRRHH haya aportado el interesado.

b) De no lograrse la comunicación telefónica con el aspirante o no se tuviera constancia de su número, se le remitirá una comunicación con la oferta de nombramiento como funcionario interino a la dirección de correo electrónico que el aspirante hubiera indicado en la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

En ambos casos, se dará un plazo de 24 horas para que el aspirante acepte/renuncie o alegue lo que considere al respecto. En el supuesto de no contestar a la oferta realizada en el plazo establecido o de renunciar a la misma, se continuará con el llamamiento al siguiente aspirante de la lista siguiendo el procedimiento descrito anteriormente.

Los aspirantes que no hayan dado respuesta, hayan renunciado a la oferta o hayan respondido una vez finalizado el plazo indicado anteriormente, causarán baja en la Lista de Espera, lo que se les será comunicado por el SGRRHH, salvo que concurran y acrediten algunas de las circunstancias previstas en el apartado 3º relativo a las causas de exclusión provisional.

En ningún caso se alterará el orden de los integrantes de la lista, manteniéndose en el mismo puesto y con idéntica puntuación durante el periodo de vigencia de la misma. En este sentido, quienes hubieran sido nombrados como funcionarios interinos volverán a ocupar la posición que originariamente les correspondía en la lista una vez finalizado dicho nombramiento.

2.- Causas de exclusión provisional de la Lista de Espera

Los aspirantes podrán solicitar, mediante escrito dirigido al SGRRH H, ser excluidos provisionalmente de la Lista de Espera. En esta situación no recibirán ofertas de nombramiento ni se ajustarán al procedimiento de renuncias establecido en estos criterios. Sólo se podrá acceder a la situación de exclusión provisional cuando se acredite fehacientemente alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Enfermedad, embarazo o maternidad, mediante presentación de justificante médico.
  2. Mantener una relación de empleo de carácter temporal o definitivo, mediante certificado de la Empresa o Administración.
  3. Cuidado de un familiar hasta segundo grado cuando éste, por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
  4. Cualquier otra causa justificada, que será apreciada libremente por la Gerencia de la Universidad.

Las personas que hayan solicitado esta exclusión provisional permanecerán en esta situación mientras no comuniquen por escrito al SGRRH H hallarse de nuevo disponibles. Durante este período de tiempo serán calificados en la Lista de Espera con la denominación: “Suspenso”. Una vez haya finalizado esta situación y haya sido comunicado al SGRRHH según lo establecido en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se reincorporarán al lugar que originariamente ocupaban en la Lista de Espera.

3.- Causas de exclusión definitiva en la Lista de Espera

Será considerado como causa de exclusión definitiva de la Lista de Espera, y, por tanto, causarán baja en la misma, aquellos aspirantes que:

  1. Rechacen o no hayan contestado a una oferta de nombramiento, salvo que concurran y se acrediten alguna de las causas descritas en el apartado anterior.
  2. Así lo soliciten mediante escrito de renuncia dirigido al SGRRHH.
  3. No se incorporen al puesto de trabajo, sin motivo justificado, una vez realizado el nombramiento.
  4. Renuncien voluntariamente al nombramiento como funcionario interino en la Universidad de Almería antes de la fecha prevista para su finalización, excepto en aquellos casos en que la renuncia estuviera debidamente acreditada y justificada.

La exclusión de un aspirante de la presente Lista de espera deberá ser notificada según establece la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas al interesado por el SGRRHH. La práctica de la notificación no obstará el llamamiento al siguiente aspirante de la lista según lo dispuesto en los presentes criterios.

4.- Documentación a presentar

Los aspirantes que sean requeridos para su nombramiento como funcionarios interinos deberán presentar en el SGRRHH, los siguientes documentos:

  1. Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
  2. Fotocopia debidamente compulsada del título de Licenciado/a o Graduado/a en Derecho.
  3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  4. Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos deberán presentar certificación de los Órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los citados Órganos de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.
  5. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Boletín nº 9, octubre 2024