Visto el expediente instruido y tramitado conforme al artículo 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y disposiciones complementarias, así como la Resolución del Rectorado-Presidencia de la Comisión Gestora de 20 de julio de 1995, por la que se regula el procedimiento para la autorización o reconocimiento de compatibilidad con actividad pública o privada del personal al servicio de la Universidad de Almería, y en base a los siguientes
HECHOS
D. Juan Antonio Cruz Ferre solicita la compatibilidad para la actividad privada consistente en un contrato de trabajo a tiempo parcial y en turno de tarde como personal de mantenimiento en la empresa “Comunidad de Propietarios Residencial Bahía Golf el Toyo”, según queda acreditado en la documentación contenida en su solicitud.
A dichos hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
I. Que la actividad que se pretende compatibilizar no se encuentra incursa por sí misma en las prohibiciones de los artículos n, 12 y 13 de la Ley 53/84, ni en las establecidas en el artículo 11 del Real Decreto 598/1985 (B.O.E. nº. 107, de 4 de mayo).
II. Que dicha actividad habrá de ejercerse con sujeción a las limitaciones legales de los artículos 12.2, 13 y 16 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
III. Que en virtud del artículo 12.1 a) de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, el interesado no podrá desempeñar actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de entidades o particulares, en los asuntos en los que este interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años, o tenga que intervenir por razón del puesto público.
Por todo lo expuesto anteriormente, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería.
HA RESUELTO
Primero. – AUTORIZAR la compatibilidad a D. Juan Antonio Cruz Ferre para la realización de la actividad privada descrita anteriormente con la actividad pública desempeñada en la Universidad de Almería.
Segundo. – La presente autorización caducará en el momento en que se modifiquen las circunstancias que han servido de base a la misma, debiendo solicitarse nueva compatibilidad en caso de producirse algún cambio en los puestos declarados o pretender iniciar alguna actividad distinta a las enunciadas en el encabezamiento de esta Resolución (art. 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril).