Visto el escrito presentado por Dª. María Teresa Acosta Ferrer, funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Almería con destino definitivo en esta Universidad en el puesto de trabajo “Jefe de Negociado Apoyo Administrativo a Departamentos” en el Departamento de Filología.
Teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 67.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que remite a las Leyes de Función Pública el establecimiento de los términos en que un funcionario puede solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo, como máximo hasta los setenta años de edad, y en aplicación de lo establecido en la Orden de 14 de enero de 1997, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se regula el procedimiento a seguir para la prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo de los funcionarios públicos que prestan sus servicios en la Junta de Andalucía.
Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 132 del Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, (B.O.J.A. de 24 de diciembre de 2018), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 15 de la Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
HA RESUELTO
Primero.- Prolongar la permanencia en la situación de servicio activo de Dª. María Teresa Acosta Ferrer, Funcionaria de Carrera de la Universidad de Almería, con efectos del 2 de agosto de 2021 y hasta el próximo 1 de agosto de 2022.
Segundo.- En caso de que la citada funcionaria tuviera la intención de prolongar su permanencia en la situación de servicio activo más allá de la fecha de finalización indicada en el párrafo anterior, deberá presentar la correspondiente solicitud con una antelación mínima de 1 mes a la referida fecha de finalización.