Visto el escrito presentado por D. Francisco Javier Martínez Salinas, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Almería con destino en el Servicio de Conserjerías de esta Universidad, por el que solicita la prolongación de la permanencia en el servicio activo una vez cumplida la edad de jubilación forzosa, por un periodo de un año.
Teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 67.3 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que remite a las Leyes de Función Pública el establecimiento de los términos en que un funcionario puede solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo, como máximo hasta los setenta años de edad, y en aplicación de lo establecido en la Orden de 14 de enero de 1997, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se regula el procedimiento a seguir para la prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo de los funcionarios públicos que prestan sus servicios en la Junta de Andalucía.
Considerando igualmente los distintos periodos de incapacidad laboral registrados en los últimos años por el Sr. Martínez Salinas, que hace aconsejable no prolongar por un periodo de tiempo excesivamente largo su permanencia en la situación de servicio activo, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 132 del Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, (B.O.J.A. de 24 de diciembre de 2018), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 15 de la Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
HA RESUELTO
Primero.- Prolongar la permanencia en la situación de servicio activo de D. Francisco Javier Martínez Salinas por seis meses, con efectos del 12 de mayo de 2021 y hasta el próximo 11 de noviembre de 2021.Segundo.- En caso de que el citado funcionario tuviera la intención de prolongar su permanencia en la situación de servicio activo más allá de la fecha de finalización indicada en el párrafo anterior, deberá presentar la correspondiente solicitud con una antelación mínima de 1 mes a la referida fecha de finalización.