RESOLUCIÓN del Rector núm. 396, de 2 de junio de 2022, por la que se prolonga la permanencia en la situación de servicio activo de Dª. María Teresa Acosta Ferrer y se corrigen errores de la Resolución de este mismo Órgano, de 30 de abril de 2021.

Con fecha 24 de marzo de 2022 Dª. María Teresa Acosta Ferrer, funcionaria de la Universidad de Almería, presenta escrito por el que solicita la prolongación por el periodo de un año de la permanencia en el servicio activo una vez cumplida la edad de jubilación forzosa, situación en la que la citada funcionaria ya se encuentra desde el pasado 15 de junio de 2021 según Resolución de este Rectorado, de fecha 30 de abril de 2021.

Igualmente, y vista la referida Resolución de 30 de abril de 2021, se constata la existencia de errores materiales en la misma que es necesario proceder a corregir según lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

                                                          HA RESUELTO        

Primero.- Proceder a la corrección de los errores materiales de la Resolución de 30 de abril de 2021, antes citada, en los siguientes términos:

Donde dice: “Primero.- Prolongar la permanencia en la situación de servicio activo de Dª. María Teresa Acosta Ferrer, Funcionaria de Carrera de la Universidad de Almería, con efectos del 2 de agosto de 2021 y hasta el próximo 1 de agosto de 2022“

Debe decir: “Primero.- Prolongar la permanencia en la situación de servicio activo de Dª. María Teresa Acosta Ferrer, Funcionaria de Carrera de la Universidad de Almería, con efectos del 15 de junio de 2021 y hasta el próximo 14 de junio de 2022”

Segundo.- Prolongar la permanencia en la situación de servicio activo de Dª. María Teresa Acosta Ferrer, Funcionaria de Carrera de la Universidad de Almería, por el periodo de un año, con efectos del 15 de junio de 2022 y hasta el próximo 14 de junio de 2023.

Tercero.- En caso de que la citada funcionaria tuviera la intención de prolongar su permanencia en la situación de servicio activo más allá de la fecha de finalización indicada en el párrafo anterior, deberá presentar la correspondiente solicitud con una antelación mínima de 1 mes a la referida fecha de finalización.

Boletín nº 6, junio de 2022.