Aprobada por Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 20 de julio de 2022.
De conformidad con lo establecido en el epígrafe «Trámite de audiencia» del apartado 1 “Disposiciones Comunes a las convocatorias” del Plan Propio de Investigación y Transferencia para 2022, aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 11 de marzo de 2022, la resolución de las convocatorias del Plan Propio de Investigación se realizará por Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Investigación.
La Comisión de Investigación, en sesión celebrada el 17 de junio de 2022, aprobó la resolución provisional de la convocatoria arriba indicada. Puesto que no se han presentado reclamaciones, esta resolución se ha devenido en definitiva en los siguientes términos:
Primero.- Conceder las becas que se relacionan en anexo. La indicación de la puntuación obtenida por las personas candidatas admitidas se considera motivación suficiente, conforme al artículo 35.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.- Las becas tendrán una dotación de 500 o 1.500 euros, según lo siguiente:
- Se realizará un primer pago de 500 euros a todos los estudiantes que obtengan una beca.
- Se realizará un segundo pago de 1.000 euros a aquellos estudiantes que, una vez finalizados sus estudios de Máster, se hayan matriculado en un programa de doctorado de la Universidad de Almería, no más tarde del 31 de diciembre de 2023.
Nota 1: En estas cantidades estarán incluidos los tributos que correspondan.
Nota 2: Los beneficiarios de estas becas no están exentos de abonar las tasas de matrícula de la tutela académica de los programas de doctorado.
Tercero.- La duración de las ayudas será de 1 año a contar desde la fecha de esta resolución.
Cuarto.- Las personas beneficiarias dispondrán de 5 días hábiles, contados a partir de la notificación de esta resolución, para aceptar o rechazar la beca concedida y aportar la siguiente documentación:
- Documento de aceptación en impreso normalizado.
- Impreso normalizado de datos bancarios.
Quinto.- Durante el último mes de disfrute de la beca, la persona beneficiaria deberá entregar un informe emitido por su tutor, en el que se valore el trabajo realizado. El incumplimiento de esta condición supondrá la devolución de toda la ayuda percibida.
Sexto.- Ordenar la publicación de esta Resolución y su anexo en la página web del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2022. Esta publicación servirá de notificación a los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.