Visto el expediente instruido y tramitado conforme a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y disposiciones complementarias, así como la Resolución del Rectorado-Presidencia de la Comisión Gestora de 20 de julio de 1995, por la que se regula el procedimiento para la autorización o reconocimiento de compatibilidad con actividad pública o privada del personal al servicio de la Universidad de Almería, y en base a los siguientes
HECHOS:
El interesado solicita la compatibilidad para el desempeño de las funciones de Personal Docente Contratado con la categoría de Profesor Sustituto Interino en el Departamento de Informática (Área de Lenguajes y Sistemas Informáticos), con dedicación a tiempo parcial. A la solicitud el interesado adjunta documento en el que se detallan las horas de docencia asignadas por el citado Departamento para el curso 2022/23, que son las siguientes:
20 horas de Cloud Computing (1er Cuatrimestre)
44 horas de Desarrollo Rápido de Aplicaciones (2° Cuatrimestre)
26 horas de Computación en la Nube. Servicios y Aplicaciones (2° Cuatrimestre)
Siendo el horario de docencia los lunes de 16 a 18, martes de 18 a 20 y jueves de 16 a 18.
A dichos hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
La actividad que se pretende compatibilizar se encuentra recogida entre los supuestos para los que podrá autorizarse compatibilidad que están previstos en el artículo cuarto de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Por todo lo expuesto anteriormente, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por ei que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,
HA RESUELTO:
Primero.- Autorizar la compatibilidad a D. Francisco José García García para la realización de la actividad descrita anteriormente con la actividad pública desempeñada en la Universidad de Almería.
Segundo.- La presente autorización caducará en el momento en que se modifiquen las circunstancias que han servido de base a la misma, debiendo solicitarse nueva compatibilidad en caso de producirse algún cambio en los puestos declarados o pretender iniciar alguna actividad distinta a las enunciadas en el encabezamiento de esta Resolución.