De conformidad con lo establecido en el apartado 1 “Disposiciones Comunes a las convocatorias” del Plan Propio de Investigación y Transferencia para 2020, aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 31 de enero de 2020, la resolución de las convocatorias del Plan Propio de Investigación se realizará por Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Investigación.
La Comisión de Investigación, en sesión celebrada el 11 de diciembre de 2020, ha resuelto las alegaciones presentadas contra la resolución provisional y ha acordado proponer al Consejo de Gobierno la resolución definitiva en los siguientes términos:
Primero.- Conceder/denegar las ayudas relacionadas en Anexo a esta resolución.
Segundo.- Las ayudas condicionadas a la presentación de alguna documentación, dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución definitiva, para presentar dicha documentación, entendiéndose que el grupo de investigación desiste de su petición, en caso de no realizar la subsanación requerida.
Tercero.- El abono de estas ayudas se realizará una vez notificada la Resolución definitiva.
Cuarto.- Los beneficiarios de estas ayudas están obligados a cumplir las normas establecidas en la convocatoria del Plan Propio de Investigación y Transferencia de 2020.